Las distribuciones mínimas requeridas (RMD) generalmente son cantidades mínimas que el
titular de una cuenta de plan de jubilación debe retirar anualmente a partir del año en que cumple 72 años. La fecha límite anual para tomar sus RMD es el 31 de diciembre. Sin embargo, es posible retrasar la toma de su primer RMD hasta el 1 de abril del año siguiente a los 72 años.
Generalmente, un RMD se calcula para cada cuenta dividiendo el saldo anterior del 31 de
diciembre de esa cuenta IRA o plan de jubilación por un factor de esperanza de vida que el
Servicio De Impuestos Internos publica en las Tablas de la Publicación 590-B, Distribuciones de
Acuerdos Individuales de Jubilación (IRA). Elija la tabla de esperanza de vida para usar en
función de su situación.